Una solución a la corrupción
NICOLÁS AGUSTÍN VIGANÓ
Ausencia de alumbrado público, mal funcionamiento de la recolección de residuos, calles rotas o sin asfaltar, administración municipal ineficiente y corrupta, politización de empleados municipales. Todos los problemas mencionados son experimentados por los argentinos en algún momento de su vida, y generalmente de forma continua. Son problemas locales de cada municipio, cuya resolución depende del municipio mismo y, justamente, esa es la razón (en mi opinión) por la que nunca se solucionan. Los Concejos Deliberantes se encuentran prácticamente inhabilitados de ejercer un control real sobre la transparencia y eficiencia de la gestión ejecutiva, ya que solamente los intendentes y sus equipos pueden contratar al personal municipal y gestionar el presupuesto. Debido a esto, una posible solución puede ser la administración municipal privada, también conocida como “City Management”.
El City Management surge primeramente en Staunton, Virginia (E.E.U.U.) en 1908, y consistió en que la municipalidad contrató a un administrador general que supervisara las funciones administrativas. Ya en 1914 se implementó en la ciudad de Dayton, Ohio, y fue la primera implementación en una ciudad de tamaño importante (ICMA, ICMA History, s.f.). En la actualidad, esta forma de gobierno es empleada en ciudades como Las Vegas (Nevada, E.E.U.U.), Phoenix (Arizona, E.E.U.U.), Toronto (Ontario, Canadá), Valparaíso (Valparaíso, Chile), entre otras.
El “city management” consiste en que los ciudadanos eligen mediante elecciones a los concejales, y estos deben de designar a un profesional para que ejecute, planee, monitoree y evalúe el desempeño de todas las áreas gubernamentales para la toma de decisiones. Su trabajo es implementar las políticas públicas que el Concejo establezca, si no lo realiza efectivamente puede ser removido del cargo en cualquier momento por el mismo Concejo, ya que éste ahora centraliza el poder municipal. El beneficio es que el órgano legislativo no toca ni administra los ingresos públicos, sino que solamente observa su uso, mejorando la eficiencia y disminuyendo la corrupción (ICMA, Council-Manager Form of Government: What it is, how it works, and the benefits to your community (brochure), s.f.).
Los administradores no pueden haber sido, ni pueden ser, miembros de partidos políticos o haber participado en actos partidistas, deben de ser políticamente neutrales, ya que su única tarea es administrar eficientemente los recursos municipales, para que los servicios públicos funcionen correctamente, y no se desperdicie el dinero que aportan los contribuyentes. Si bien puede sonar utópico para los argentinos, la posibilidad de no vivir en un barrio privado y aún así, tener las calles en condiciones óptimas, alumbrado público en condiciones, la Municipalidad funcionando eficientemente y no colmada por empleados amigos y familiares del intendente de turno, es posible y el ordenamiento constitucional lo permite. Actualmente, esta figura ha sido creada en el artículo 56° de la Ley 8.102 de la Provincia de Córdoba (Acosta, 2003), por lo que es una realidad posible, sólo se necesita la voluntad ciudadana de demandar su implementación y la voluntad política de los intendentes de hacerse a un lado por el bien común de sus comunidades. Esta última es la más difícil de todas, ya que implica desmantelar el sistema feudal en el que se encuentran tan cómodos todos los intendentes de la República, pero no imposible.
Este sistema no es perfecto, puede ser corrompido, pero aún así es mejor que el sistema con el que contamos en la actualidad. Según un estudio de la Public Administration Review, las ciudades con esta forma de gobierno son un 57% menos probables de tener casos de corrupción, que aquellas con la administración tradicional (Nelson & Afonso, 2019). Además, con esta forma de gobierno, la administración es un 10% más eficiente (Edwards, 2011), y sirve para aclarar a la población que el gobierno es un servicio que responde a la ciudadanía, que debe ser controlado por esta, y si no responde a sus demandas, al igual que como sucede en el mercado, se debe de buscar otro oferente.
Por: Nicolás Agustín Viganó, estudiante de Relaciones Internacionales en la universidad Siglo 21 y de abogacia en la Universidad Nacional de Córdoba.
